Candidaturas presentadas para la renovación de cargos a 2 Vocalías de la Junta Directiva de la AEA.
Como se recoge en el artículo 5 de las normas de régimen electoral, sobre la proclamación de los candidatos sin votación cuando sean únicos o su número no supere el de puestos a cubrir se proclamarán elegidos los candidatos presentados. Por lo que no será necesario someter a votación la elección de los candidatos.
Aquellos puntos del orden del día de las Asambleas y/o aquellas cuestiones que se deban consultar y ratificar por parte de los socios se realizarán por votación online.
Candidaturas a las Vocalías